
En Lima, es habitual ver grúas municipales llevando vehículos al depósito por mal estacionamiento. Los conductores enfrentan multas elevadas y costos de almacenamiento. Muchas municipalidades justifican esta práctica con ordenanzas distritales, convirtiéndola en una importante fuente de ingresos. Sin embargo, la legalidad de estas acciones ha sido cuestionada.
¿Quién tiene la autoridad para multar por mal estacionamiento?
Distintos distritos han aprobado normas que sancionan el mal estacionamiento, la obstrucción de rampas, y el abandono de vehículos. Las multas impuestas suelen superar las del Reglamento Nacional de Tránsito (RNT), e incluyen el depósito del vehículo. Pero, una decisión del Tribunal Constitucional (TC) ha generado un cambio significativo.
El Tribunal Constitucional y la inconstitucionalidad de las ordenanzas municipales
En febrero de 2024, el TC declaró inconstitucional la Ordenanza 375-2021 de la Municipalidad de La Victoria, que regulaba las infracciones por mal estacionamiento y autorizaba el uso de grúas y depósitos municipales. La sentencia, en el expediente 00014-2021-PI/TC, establece que la regulación del tránsito terrestre es una competencia exclusiva del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Solo el MTC puede emitir normas generales de aplicación nacional. Las municipalidades distritales no pueden crear nuevas infracciones ni aplicar sanciones no contempladas en el RNT. El TC anuló infracciones municipales como estacionar bloqueando entradas o salidas, obstruir rampas para discapacitados, ocupar calzadas, y aparcar en áreas verdes.
¿Cuál es la multa según el RNT?
El RNT considera el mal estacionamiento una infracción grave (G40), con una multa de S/ 428, 25 puntos menos en el récord del conductor, y la posible remoción del vehículo. Sin embargo, el internamiento en depósitos municipales y el cobro de guardianía no están contemplados. A pesar de ello, algunas municipalidades cobraban sumas mucho mayores, lo que fue calificado como un acto meramente recaudatorio.
El rol de la Defensoría del Pueblo
La Defensoría del Pueblo también denunció esta situación y presentó una demanda contra otras ordenanzas similares. El TC reitera que regular el tránsito y establecer sanciones es competencia exclusiva del MTC, con el control ejercido por la municipalidad provincial y la Policía Nacional.
Impacto del fallo del TC
El fallo del TC sienta un precedente que podría afectar a muchas municipalidades que han generado ingresos con el mal estacionamiento, amparadas en ordenanzas que ahora podrían ser anuladas. Si bien se permite la colaboración municipal en el ordenamiento vial, esta debe ser dentro del marco legal y en coordinación con la Policía Nacional.
La decisión del TC promueve la unificación de criterios en la regulación del tránsito, evitando prácticas que podrían ser consideradas abusivas y dejando claro que la recaudación no debe estar por encima de la legalidad.
Fuente: Gestión